Preguntas y Respuestas sobre las Ingestas Diarias Admisibles (IDA´s)

18.09.2013 16:14

1. ¿Que es la IDA?

La Ingesta Diaria Admisible (IDA), se defina como la cantidad aproximada de un aditivo alimentario, expresada en relación con el peso corporal, que se puede ingerir diariamente, durante toda la vida, sin que represente un riesgo apreciable para la salud. "Sin que represente un riesgo apreciable" se refiere a la certeza real, de acuerdo con la información que se cuente, de que la exposición durante toda la vida a un aditivo alimentario determinado no provocará daño alguno. La IDA se representa normalmente como un nivel de 0-x miligramos al día por Kilogramos de peso corporal.

2. ¿Para qué sirve la IDA?

La IDA sirve para proteger la salud de los consumidores y facilitar el comercio internacional de alimentos. La IDA es una manera de práctica de determinar la seguridad de los aditivos alimentarios y se utiliza como instrumento para armonizar su control regulatorio. La ventaja de que los órganos reglamentarios y consultivos establezcan las IDA´s de los aditivos alimentarios es que pueden aplicar universalmente en todos los países y a todos los sectores de la población.

3. ¿Quién establece la IDA?

Básicamnete, son los comités científicos de expertos los que asesoran a la autoridades reguladoras  nacionales e internacionales. Las valoraciones en cuanto a la seguridad de los aditivos alimentarios se han desarrollado de forma similar en los diferentes Estados Miembros de la Unión Europea, y en la comunidad internaconal.

El principal organismo internacional que se encarga de las seguridad de los aditivos alimentarios en el Comité Conjunto de Expertos en Aditivos Alimentarios (Joint Expert Committeee on Food Additives, JECFA) de las¡ Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (United Nations Food and Agriculture Organisation, FAO), y la Organización Mundial de la Salud (OMS). El establecimiento de normas internacionales se ha convertido en un tema de creciente importancia, ya que las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio especifican que las normas de la Comisión Conjunta FAO/OMS del Codex Alimentarius, en cuanto a la seguridad y composiciónn de los alimentos, se aplicarán en todo el mundo. 

4. ¿Cómo se determina la IDA?

El criterio general para el uso de aditivos alimentarios, establecido en las Directivas de la UE, estipul que los aditivos sólo pueden ser autorizados si no representan riesgo para la salud humana, según el nivel de utilización que se establece basándose en las priebas científicas disponibles. Esta evaluación sobre la seguridad de los aditivos alimentarios se basa en la revisión de todos los datos toxicológicos correspondientes del aditivo en cuestión, que provienen de las observaciones realizadas en humanos y las correspondientes pruebas en animales. En la UE, todas la pruebas son revisadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

Entre las pruebas toxicológicas exigidas por las autoridades reguladoras, están los estudios que se basan en la observación de la alimentación durante todo el ciclo de vida, y lo estudios multigeneracionales, que determinan que consecuencias tiene el aditivo en el cuerpo humano, para establecer si dicho aditivo o sus derivados pueden tener efectos perjudiciales. El punto de partida para fijar la IDA es la determinación del "Nivel sin efecto adverso observado" (Observed Adverse Effect Nivel, NOAEL) en cuanto al efecto adverso más sensible para la salud humana en las especies animales experimentales mas sensibles. El NOAEL es, por lo tanto, el nivel dietético máximo de un aditivo, en el que no se observe ningún efecto adverso demostrable, y se expresa en miligramos de aditivo al día por kilogromo de peso corporal (mg/Kg peso corporal/día). El NOAEL se divide entonces por un factor de seguridad, que suele ser 100, que permite un amplio margen de seguridad.

5. ¿Por qué es necesario un margen de seguridad?

En primer lugar, el NOEL se determina en animales y no en humanos. Por ello, es prudente ajustar las posibles diferencias, y suponer que el hombre es más sensible que el más sensible de los animales sometidos a prueba. En segundo lugar, la fiabilidad de las pruebas de toxicidad se ve limitada por el número de animales sometidos a las mismas. Dichas pruebas no pueden representar a la diversidad de población humana, en la que algunos grupos podrían mostrar diferentes sensibilidades (Ej. niños, ancianos, y enfermos). Por eso, es prudente tener en cuenta todas estas diferencias.

6. ¿Que  margen de seguridad se utiliza normalmente para determinar los contenidos máximos de aditivos alimentarios?

Tradicionalmente, la OMS ha utilizado un factor de seguridad o incertidumbre de 100, que se basa en un factor multiplicado por 10, que refleja las diferencias entre los animales y las mayoría de los hua¡manos, y otro factor multiplicado por 10, que refleja las diferencias entre el promedio de humanos y los grupos sensibles (mujeres embarazadas, niños, ancianos). No obstante,esto puede varias según las características del aditivo, el alcance de los datos toxicológicos y las condiciones de uso.

7. ¿Qué pasa si una persona sobrepasa la IDA ocasionalmente?

Si ocasionalmente la ingesta diaria sobrepasa la IDA, no hay que preocuparse ya que su factor de seguridad tiene un amplio margen y en la práctica un consumo superior a la ingesta diaria admisible durante sólo un día, se compensa con creces con un consumo habitual inferior. No obstante, si una de las cifras referentes al consumo señalase que los niveles habituales de ingesta de determinados sectores de población sobrepasan la IDA, entonces la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria podría considerar necesario reducir los niveles existentes del aditivo en los alimentos o liitar la gama de alimentos en que éste está permitido. Aún así, al ser tan amplio el margen de seguridad utilizado para fijar la IDA, lo más probable es que hubiera que sobrepasar en mucho el límite de IDA, para que esto supusiera un riesgo o un perjuicio para la salud humana.

8. ¿Cómo se controla la ingesta alimenticia de aditivos?

Cada Estado Miembro, con el asesoramiento de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, se encarga de controlar los aditivos alimentarios. La IDA se compara con las estimaciones "medias" y "extremas" del consumo del conjunto de la población o de un determinado subgrupo. Si la ingesta de los consumidores medios y  extremos está dentro de los límites de la IDA, es improbable que esto pueda suponer un daño, ya que la IDA está basada en un "nivel sin efecto adverso observado", al que se le ha aplicado un amplio margen de seguridad. Para asegurarse de que los consumidores no ingieran una cantidad excesiva de productos que contengan un determinado aditivo, que les lleve a sobrepasar los límites establecidos, la legislación europea exige que se realicen estudios para investigar los niveles de la ingesta en la población y cualquier variación que se presenten en los modelos de consumo.